En un reciente documento de orientación, la Administración de Alimentos y Medicamentos de los Estados Unidos (FDA), anunció su intención de permitir la declaración de ocho carbohidratos no digeribles sintéticos o aislados como fibra dietética en el etiquetado nutrimental de alimentos. Aún pendiente la regulación, FDA tiene la intención de ejercer la aplicación a discreción cuando los siguientes componentes sean incluidos en la declaración de fibra dietética del etiquetado:
- Fibras mixtas de pared de células vegetales
- Arabinoxilanos
- Alginato
- Inulina y fructanos de inulina
- Almidón alto en amilosa (fuerza del almidón 2)
- Galactooligosacaridos
- Polidextrosa
- Maltodextrina/Dextrina resistente
¿Poe qué FDA está permitiendo estas Fibras?
Antes de la publicación Revisión de la Regla para el Etiquetado Nutrimental y el Etiquetado para Suplementos de 2016, las regulaciones existentes de la FDA no definían “fibra dietética”. Bajo la regulación revisada, los carbohidratos no digeribles sintéticos o aislados pudieran ser incluidos en la declaración de fibra dietética si FDA determina que estos tienen “beneficios fisiológicos”. La regla final nombra siete fibras sintéticas o aisladas que cumplen este requisito:
- Fibra soluble de Beta-glucano
- Cascara de Psyllium
- Celulosa
- Goma Guar
- Pectina
- Goma de Algarrobo
- Hidroxipropilmethilcelulosa
Posterior a la revisión de peticiones y literatura científica referente a veintiséis carbohidratos no digeribles sintéticos o aislados, FDA determinó que las ocho fibras adicionales demuestran los requeridos beneficios fisiológicos.
¿Cómo afecta mi etiquetado esto?
La industria previamente expresó su preocupación mencionando que la nueva definición de fibra dietética de la FDA pudiera excluir fibras que se encontraban ya declarando en sus etiquetados, limitando su capacidad para hacer ciertas declaraciones sobre contenido nutrimental o menciones de beneficios a la salud. Por ejemplo, para que ciertos alimentos mencionen que son “una buena fuente de fibra”, “contiene fibra” o “fuente de fibra”, el contenido de fibra debe ser entre 10 y 19 por ciento (2.8 g – 5.32 g) del valor de referencia diario (28 g) por cantidad de referencia habitualmente consumida (RACC). La inclusión de las fibras mencionadas por la FDA permitirá que más fabricantes continúen haciendo “claims” bajo los requisitos de etiquetado actualizados.
¿Cuándo necesito Cumplir?
Los cambios a la declaración de la fibra dietética toman efecto siguiendo la fecha límite de cumplimiento para las nuevas reglas de etiquetado de la FDA. Los fabricantes de alimentos con ventas anuales de alimentos con un valor de $10 millones de dólares o más tienen hasta el 1 de Enero de 2020 para actualizar sus etiquetas y cumplir con las nuevas regulaciones de la FDA. Los negocios con menos de $10 millones de dólares en ventas cuentas con un año adicional.
Comience a cumplir ahora para tener una transición sencilla. Registrar Corp puede revisar el etiquetado de sus alimentos para cumplimiento con las nuevas regulaciones de la U.S. FDA. Adicional al reporte de cambios recomendados, recibirá un gráfico listo para imprimir de su etiqueta revisada. Para obtener mayor información, llámenos al +1-757-224-0177 o contacte con un Asesor Regulatorio en nuestro chat 24/7 en regstaging.wpengine.com/livehelp

