Un aditivo de color alimenticio es cualquier tinte, pigmento u otra sustancia que pueda dar color a un producto alimenticio. La Administración de Alimentos y Medicamentos de Estados Unidos (FDA) regula los aditivos alimenticios, tanto las sustancias sintéticas como las derivadas de fuentes naturales.
Los aditivos de color (colorantes) deben someterse al proceso de aprobación de la FDA antes de ser utilizados en los alimentos. La FDA puede adoptar medidas de ejecución contra una empresa que distribuya productos que contengan un colorante no aprobado o que se utilice de una manera no descrita en la normativa. Estas acciones pueden incluir cartas de advertencia, la colocación de la empresa en la lista de Alertas de Importación, o la detención y el rechazo del producto en el puerto.
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Los especialistas en regulación de Registrar Corp pueden ayudarle a cumplir con las regulaciones de la FDA para los aditivos de color.
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Las empresas deben asegurarse de que los aditivos de color que utilizan en sus productos alimenticio cumplan con la normativa de la FDA. Siga leyendo para saber más sobre los requisitos de los aditivos alimenticio.
Proceso de Aprobación de Aditivos de Color
Muchos de los ingredientes alimenticio en Estados Unidos entran en una de estas tres categorías: GRAS (generalmente reconocidos como seguros), Aditivos Alimenticio o Aditivos de Color.
Las sustancias GRAS son generalmente reconocidas por expertos cualificados que han demostrado ser adecuadamente seguras en las condiciones de sus usos previstos. Los expertos pueden reconocer que una sustancia es GRAS si la sustancia tiene un amplio historial de consumo para uso alimenticio por un número significativo de consumidores o si los procedimientos científicos confirman la seguridad del ingrediente.
Por otro lado, los Aditivos Alimenticios no se consideran GRAS y deben ser aprobados por la FDA a través del proceso de Petición de Aditivos Alimenticios.
Por ley, los aditivos colorantes no se consideran GRAS, y también se consideran distintos de los aditivos alimenticios. En su lugar, los aditivos colorantes deben ser aprobados a través de un proceso de petición que es único para los aditivos colorantes. De acuerdo con la Ley Federal de Alimentos, Medicamentos y Cosméticos, la FDA debe aprobar los aditivos colorantes para su uso previsto antes de que se utilicen en los alimentos, incluso si el color se consigue a través de una sustancia natural, como el zumo de frutas o verduras.
Cuando la FDA evalúa la seguridad de un nuevo aditivo colorante o un nuevo uso de un aditivo incluido en la lista, la agencia tiene en cuenta lo siguiente:
- Composición y propiedades
- Cantidad probable de consumo/exposición
- Proceso de fabricación
- Efectos del consumo a corto y largo plazo
- Estabilidad
- Disponibilidad de métodos analíticos para determinar su pureza y la cantidad en los alimentos
En el caso de algunos aditivos colorantes sintéticos, la aprobación de su uso depende de la «certificación por lote». La certificación de lotes de color debe obtenerse para cada lote individual de color enviando muestras a la FDA. A continuación, la FDA analizará la muestra para asegurarse de que cumple las especificaciones descritas en la normativa, incluyendo si los contaminantes contenidos en el lote, como el plomo o el arsénico, superan la cantidad permitida. El nombre del aditivo colorante se modifica para reflejar el estado certificado. Por ejemplo, el rojo allura debe ser certificado y luego referenciado como FD&C Red No. 40.
Uso en Los Alimentos de un Aditivo de Color (Colorante) Certificado
Si está fabricando un producto alimenticio que incluye un aditivo de color que requiere certificación por lotes, debe solicitar una prueba de certificación al fabricante antes de comprar el aditivo. Dado que los nombres de los aditivos colorantes pueden variar según el país, debe utilizar el nombre estadounidense de un aditivo colorante para determinar sus requisitos para la certificación de lotes.
La FDA incluye un número de lote en el certificado de un aditivo colorante. La FDA puede ponerse en contacto con el fabricante o con el agente de Estados Unidos para confirmar el número de lote de un aditivo colorante incluido en un producto alimenticio que es enviado a los Estados Unidos. Si el contacto no puede proporcionar un número de lote válido, la FDA puede considerar que el producto está adulterado y puede rechazar la entrada del envío en Estados Unidos implicando consecuencias detenciones, decomisos o destrucción de la mercadería, además de penas económicas.
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