Prepárese ahora para responder a las solicitudes de los importadores de Bebidas Alcohólicas para las Asignaciones de Beneficios Fiscales del año 2023
Los Productores Extranjeros de Bebidas Alcohólicas, vinos, sidras y cervezas están obligados a registrarse en la Oficina de Impuestos y Comercio de Alcohol y Tabaco (TTB) de EE.UU. para asignar los beneficios de los impuestos especiales federales de EE.UU. a sus importadores. Los importadores ya no recibirán estos beneficios en el ingreso de los embarques, y deberán solicitar los reembolsos directamente a la TTB mediante un nuevo sistema. Inicie ahora su proceso de registro y asignación para asegurar una transición sin problemas para sus importadores. En el 2023 todos los envíos estarán sujetos a los nuevos requisitos.
¿Qué Significa la Disposición Sobre Beneficios Fiscales Para los Productores Extranjeros?
La Ley de Modernización de las Bebidas Artesanales (CBMA) permite reducir los Impuestos Especiales Federales de EE.UU. y los Créditos Fiscales para los Importadores en determinados envíos de bebidas reguladas por el TTB. Estos beneficios fiscales ya no son aplicados por el Servicio de Aduanas y Protección de Fronteras de los Estados Unidos (CBP) al momento de la entrada del embarque; en su lugar, los importadores deben solicitar los reembolsos directamente a la TTB en función de las cesiones realizadas por los productores extranjeros.
Si el Productor de la bebida, la Bodega o Cervecería regulados por el TTB están situados fuera de los Estados Unidos, es probable que sus importadores le pidan que les asigne los beneficios fiscales disponibles para los importadores bajo este nuevo sistema de registro.
A partir de ahora, los productores extranjeros deben registrarse en el TTB. Las empresas deben presentar cierta información durante el registro, incluyendo su número de Registro de Instalación Alimentaria («FFR») de la FDA. Una vez registradas, las empresas recibirán un ID de Productor Extranjero y podrán empezar a realizar las “Asignaciones de Beneficios Fiscales” que estarán vinculadas a los datos de ingreso en la aduana de sus Importadores. Sólo se asignarán beneficios fiscales a través de este sistema para todos los envíos que lleguen a partir del 1 de enero de 2023.
¿Cómo puede ayudar Registrar Corp?
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- Registrar Corp presentará adecuadamente el Registro TTB de su empresa para que reciba su ID de Productor Extranjero US TTB.
- Registrar Corp le ayudará a gestionar adecuadamente los beneficios fiscales a sus importadores a lo largo del año.
¿Cómo se inicia el proceso de TTB?
Comience hoy mismo rellenando el formulario de esta página.
Preguntas Frecuentes Sobre los Beneficios Fiscales de la Ley de Modernización de Bebidas Artesanales (CBMA) para Productores Extranjeros (no Estadounidenses)
Los importadores deben pagar impuestos especiales federales sobre todas las bebidas que importan que sean reguladas por el TTB. Cada productor extranjero tiene derecho a un tipo impositivo reducido o a un crédito fiscal por una cantidad determinada de productos que envíe a EE.UU. Los beneficios fiscales son bastante sustanciales, por lo que es seguro que sus importadores le pedirán que participe y se registre lo antes posible.
Estos créditos fiscales y tipos impositivos reducidos se deben a las disposiciones de la Ley de Modernización de Bebidas Artesanales (CBMA) y la Ley de Alivio Fiscal.
- Las cerveceras obtienen una tarifa reducida de 16 dólares por barril en los primeros 6.000.000 barriles que envían. La tarifa normal es de 18 dólares.
- Las bodegas obtienen un crédito fiscal de 1 dólar por galón en los primeros 30.000 galones, 90 céntimos en los siguientes 100.000 galones y 53,5 céntimos en los siguientes 620.000 galones. La tarifa normal varía en función del tipo de vino.
- Los productores de sidra reciben un crédito fiscal de 6,2 céntimos por los primeros 30.000 galones, 5,6 céntimos por los siguientes 100.000, y 3,3 céntimos por los siguientes 620.000 galones. La tarifa normal es de 22,6 céntimos por galón.
- Las destilerías tienen una tasa reducida de 2,70 $ por galón para los primeros 100.000 galones y de 13,34 $ por galón para los siguientes 22,13 millones de galones. La tasa normal es de 13,50 $ por galón.
A partir del 1 de enero de 2023, todos los productores no estadounidenses de bebidas alcohólicas que puedan acogerse a una reducción de los impuestos especiales federales estadounidenses deberán registrarse en el TTB para poder asignar los beneficios fiscales correspondientes a ese año a sus importadores estadounidenses. El TTB está poniendo en marcha un nuevo sistema de registro para gestionar este proceso. Las aduanas estadounidenses ya no aplicarán estos beneficios fiscales cuando se presente la entrada en aduana; los importadores estadounidenses tendrán que solicitar los reembolsos en función de los beneficios que sus productores extranjeros les hayan asignado en el nuevo sistema del TTB.
TTB permite que cualquier agente designado por el productor extranjero presente y edite el registro, asigne beneficios fiscales y añada o elimine usuarios. Registrar Corp actúa como agente para ayudar a las empresas con el proceso de registro y gestionar sus asignaciones de beneficios fiscales.
Los productores extranjeros deben otorgar a Registrar Corp autorización para llevar a cabo estas actividades, de acuerdo con los requerimientos de TTB. Registrar Corp debe tener prueba escrita de esta autorización y suministrarla a TTB según corresponda.
TTB tiene un sistema en línea llamado myTTB, donde los importadores pueden obtener sus permisos básicos, presentar declaraciones de impuestos, realizar pagos y otras actividades relacionadas. Se ha añadido un portal para las actividades relacionadas con la CBMA. Los productores extranjeros e importadores utilizarán este sistema para aprovechar sus ventajas fiscales; los productores extranjeros lo utilizarán para asignar beneficios fiscales a importadores específicos, y los importadores, a su vez, reclamarán los reembolsos que les correspondan, basándose en la asignación de beneficios de sus productores extranjeros.
El registro incluye el nombre de la empresa, la dirección, el número de registro de establecimiento de alimentos (FFR) ante la FDA, y un punto de contacto en la empresa (propietario o empleado). Si el productor extranjero tiene propietarios adicionales como parte de un "grupo controlado", también se debe nombrar a cualquier propietario con el 10% o más de la propiedad.
Los productores extranjeros deben registrarse utilizando el sistema myTTB. Registrar Corp completará este proceso para su empresa e incluirá un contacto que usted haya designado. Registrar Corp y el contacto de la empresa serán "usuarios autorizados". Los usuarios autorizados deben tener la autoridad para recibir/responder a las comunicaciones de TTB, incluyendo la notificación de revocación contemplada.
Una vez registrado, el contacto de su empresa recibirá una confirmación de TTB por correo electrónico y podrá acceder a la información del registro. El correo electrónico de TTB también dará instrucciones sobre cómo acceder al sistema. En primer lugar, el contacto de la empresa deberá crear una cuenta en el siguiente sitio web:
www.login.gov
Se trata de un sitio web del gobierno norteamericano que permite a las personas crear cuentas para acceder a los servicios de múltiples agencias. Tras crear la cuenta en login.gov, el contacto de la empresa puede entrar en el portal myTTB en esta dirección, utilizando las mismas credenciales:
my.ttb.gov/sign-in
Allí puede crear un perfil y acceder al registro.
Las personas autorizadas adicionales pueden añadirse como "gestor" o como "usuario". Los gestores pueden añadir o eliminar personas autorizadas adicionales, pero los usuarios no.
Una vez complo el registro, la TTB emitirá a su empresa una "Identificación de Productor Extranjero". Este número debe ser compartido con sus importadores, ya que tendrán que hacer referencia a él al reclamar sus reembolsos.
Los cambios en la información del registro deben actualizarse en un plazo de 60 días a partir de cualquier cambio. A diferencia del FFR de la FDA, el cambio de titularidad no requiere la cancelación del registro. Sin embargo, cualquier información nueva sobre el FFR también debe presentarse dentro del plazo de 60 días.
Dentro del portal TTB hay un enlace para "Añadir asignaciones" a sus importadores. Necesitará conocer los números de permiso básico TTB de los importadores. También deberá seleccionar el año natural que se aplica al beneficio.
Para cada importador, debe seleccionar el tipo impositivo/crédito exacto que se va a asignar, y la cantidad a asignar. Por ejemplo, una cervecera puede querer asignar 4 millones de barriles a un importador y 2 millones de barriles a otro.
UNA VEZ ASIGNADO, EL BENEFICIO FISCAL NO PUEDE MODIFICARSE A MENOS QUE EL IMPORTADOR LO RECHACE EN EL PORTAL DEL IMPORTADOR. DEBE ASEGURARSE DE QUE LA ASIGNACIÓN ES CORRECTA PARA EVITAR RETRASOS U OTROS PROBLEMAS.
Los beneficios fiscales se basan en el año natural. Las asignaciones pueden realizarse a partir del 1 de octubre del año anterior (por ejemplo, las asignaciones para 2023 podrían realizarse a partir del 1 de octubre de 2022). Las cesiones pueden realizarse en cualquier momento del año natural, hasta el 31 de diciembre. Para solicitar el beneficio, el envío del importador tiene que haber llegado a puerto en ese año natural.
Los importadores también deben utilizar el sistema myTTB para solicitar reembolsos basados en los beneficios fiscales que su empresa les haya asignado. Ese portal aún no se ha creado y está previsto que aparezca más adelante, en 2023. Los importadores necesitarán el número de identificación de productor extranjero de su empresa para poder completar el proceso de solicitud. Los importadores podrán solicitar las devoluciones trimestralmente.
Los importadores recibirán la diferencia entre el tipo íntegro (pagado a la entrada) y el importe que habrían pagado si la deuda tributaria se hubiera calculado utilizando los beneficios fiscales que los productores extranjeros les asignaron.