Agente o Representante para Programa de Verificación a Proveedores Extranjeros (FSVP)
La regla FSVP de la FDA define “importador” como el dueño o consignatario en los EE.UU. de un artículo alimenticio que está siendo ofrecido a la importación hacia los Estados Unidos. Si no existe un dueño o consignatario en los EE.UU. para un artículo alimenticio al momento de su entrada a los EE.UU., el importador es el Agente estadounidense o representante del dueño o consignatario extranjero del alimento al momento de la entrada, como se confirmó en una declaración de consentimiento firmada para servir como el importador bajo esta sub parte (21 CFR 1.500).
Registrar Corp pudiera servir como su Agente FSVP o Representativo dependiendo del tipo de producto(s) y el nivel de riesgo asociado.
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